Fin de estado de alarma: Qué restricciones terminarán y cuáles seguirán en vigor después del 9 de mayo

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El próximo domingo, 9 de mayo, el estado de alarma pasará a la historia y España regresará a la situación jurídica previa al 14 de marzo de 2020. Es más, el presidente del gobierno, Pedro Sánchez, anunció la semana pasada que ya no habrá más prórrogas, a pesar de las presiones de algunos partidos políticos y líderes autonómicos. En definitiva, la semana que viene se abrirá una nueva etapa en cuanto a la gestión de la pandemia. 

Este acontecimiento ha levantado muchas dudas sobre las restricciones que cesarán de existir y las que seguirán siendo necesarias. El fin del estado de alarma pondrá fin al toque de queda nocturno, a la limitación de entradas y salidas de las comunidades autónomas y a las restricciones de reuniones, aforos y espacios privados. Un escenario que no es nuevo para las comunidades: sería una situación muy similar a la del verano 2020, cuando concluyó el primer estado de alarma. 

De ahí en adelante, la competencia sobre cada uno de estos aspectos será responsabilidad de las comunidades autónomas.  Por ejemplo, los gobiernos autonómicos serán los que decidirán si quieren establecer medidas de entrada o salida en su comunidad autónoma. Pero, ¿se puede establecer limitaciones de movilidad o un toque de queda sin que esté en vigor el estado de alarma?

Legislación de emergencias sanitarias

Dejando a un lado la figura del estado de alarma, hay varias leyes que permiten a las Comunidades Autónomas abordar, a nivel nacional, situaciones de emergencias sanitarias. Entre ellas, podemos destacar tres:

- La Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, que habilita a las Administraciones a «adoptar las medidas oportunas» para controlar la propagación de enfermedades transmisibles y a «realizar las acciones preventivas generales». Bajo el marco de esta ley las Comunidades tienen competencias para limitar la libertad de desplazamiento y circulación de personas por el territorio nacional basándose en una causa de emergencia sanitaria, como es la pandemia generada por el SARS-CoV-2.

-La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, que al no ser una ley orgánica, no permite limitar derechos fundamentales, como es la libertad de circulación de las personas, pero sí habilita a las autoridades a que adopten las medidas preventivas que estimen oportunas.

- La Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, que establece que las autoridades podrán adoptar, de manera extraordinaria, aquellas medidas que consideren necesarias para asegurar el cumplimiento de la ley.

Si bien hay algo que ha quedado muy claro: el uso obligatorio de la mascarilla seguirá estando vigente aunque finalice el estado de alarma. Las mascarillas han jugado un papel fundamental a la hora de frenar los contagios por la Covid-19 y esta prenda de primera necesidad seguirá estando presente mucho más tiempo. 

Nueva Orden para revisar los requisitos de comercialización de mascarillas higiénicas:

El pasado 12 de febrero el Ministerio de Consumo publicó una nueva Orden con los requisitos de comercialización endureciendo los requisitos para la comercialización de mascarillas higiénicas. Desde HISPANO TEX aplaudimos esta medida e insistimos en que estos productos deben cumplir con la norma UNE 0065.

La mayoría de estos nuevos requisitos se centran en el etiquetado del producto y la información que se debe incluir. 

1. Se debe indicar sus porcentajes de filtración y respirabilidad.

2. En caso de ser reutilizable, debe indicarse un número máximo de ciclos de lavado, así como el método de lavado y secado.

3. Se debe mencionar claramente en qué laboratorio han sido acreditadas. 

Los laboratorios en los que se han aprobado las mascarillas tienen que haber sido acreditados por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC). La ENAC es la entidad  designada por el Gobierno con potestad pública para otorgar acreditaciones de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Europeo. 

El caso de HISPANO TEX: 

Desde el inicio de la comercialización de nuestras mascarillas hemos cumplido con todas las normativas y siempre hemos dado un paso más intentando ser lo más transparente posible con nuestros clientes. 

Nuestras mascarillas son reutilizables y aguantan 35 lavados a máquina. También cumplen con todos los requisitos de filtración sin comprometer la respirabilidad del usuario. Todas estas propiedades han sido acreditadas por el Centro Tecnológico LEITAT y el laboratorio internacional Eurofins, los dos acreditados por la ENAC. 

Todos estos certificados están disponibles en nuestra web para que nuestros clientes no tengan ninguna duda de que nuestras mascarillas son de las más completas entre la gran cantidad de ofertas en el mercado. 

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